sábado, 29 de octubre de 2011

La EpC y la primacía educativa de los padres

Por José Sáez.
  
Llevamos años de lucha contra la imposición ideológica perpetrada por el PSOE a través del grupo de asignaturas de Educación para la Ciudadanía, creado por la LOE y desarrollado por los subsiguientes Reales Decretos, en los cuales se deja ver con claridad toda la carga de fondo que han pretendido colar y de hecho han colado en la educación española. Un adoctrinamiento ético y moral que supone una intolerable invasión estatal en el terreno de las actitudes y los valores de los alumnos. Una intromisión propia de regímenes totalitarios con la tropelía añadida de negar a los padres la objeción de conciencia y la posibilidad de obtener una exención de la asistencia y evaluación de sus hijos. Pese a que la mayor parte de los juzgados y tribunales que han resuelto en primera instancia nos han ido dando la razón, ya se ha encargado el Gobierno de que los bloqueen los más altos tribunales, a los que llega implacable su influencia política en este país que hace tiempo echó a Montesquieu de la cosa pública.
  
Ha pasado el tiempo y las avanzadillas del movimiento objetor ya llegaron, en parte gracias a la inhibición del Tribunal Constitucional (cuya doctrina antecedente reconoce que el derecho a objetar se deriva directamente del texto constitucional, sin necesidad de mayor regulación), al Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea en Estrasburgo. Mientras esperamos su decisión, que podría marcar un hito decisivo si, como es de justicia, fuese favorable a los derechos de los padres, nuestro Tribunal Supremo ha continuado denegando la objeción en todos los recursos que le van llegando, emitiendo sentencias con muy pequeñas variaciones sobre el argumento salomónico y temeroso que emitió en la primera.
  
Ahora nos encontramos ante unas nuevas elecciones generales, en las que es previsible un cambio de gobierno y aritmética parlamentaria. Sabiendo que el Partido Popular puede ganar, los objetores y las personas de buena voluntad conscientes de la maldad de la EpC hemos orientado nuestro punto de mira hacia Mariano Rajoy, esperando un compromiso en relación con su antigua promesa de eliminación de la EpC. Por el momento, y pese a diversas declaraciones de hace unos años en las que el líder popular aseguraba que fulminaría este grupo de asignaturas cuando llegase a gobernar, no hemos conseguido un compromiso claro, como tampoco lo hemos logrado en temas tan graves como el aborto y otros muchos. A pocas semanas de las elecciones, tal vez sea necesario recordar, a los españoles y a los políticos que se presentan a los nuevos comicios, los motivos por los cuales pedimos con tanta insistencia que alguien acabe de una vez con la Educación para la Ciudadanía, ya que es posible que muchos los hayan olvidado y que otros tantos todavía no sepan de qué va la cosa.
  
Lo primero que ha de quedar muy claro es que no se trata de un tira y afloja entre la derecha, o la iglesia, y los socialistas que gobiernan, por mucho que estos últimos quieran presentar así la cuestión. Es algo mucho más grave y que debería preocupar seriamente a todos y cada uno de los ciudadanos españoles, incluyendo a los socialistas, si es que son demócratas de verdad. El problema fundamental es que un gobierno, en representación del Estado, ha vulnerado descaradamente un derecho humano fundamental que tienen los padres: el derecho a decidir el tipo de educación que han de recibir sus hijos, especialmente en sus aspectos éticos y morales. Un derecho humano fundamental, no un invento de la derecha o de la Iglesia. Un derecho que, como veremos en los textos normativos que transcribo más adelante, ha sido reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en nuestra Constitución Española e incluso en la LOE, Ley Orgánica de Educación elaborada por una cámara legislativa de mayoría socialista. Un derecho “fundamental”, es decir, inherente a las personas por el mero hecho de ser personas, y por tanto intocable, inviolable, prioritario.
  
Veamos cuáles son estos textos normativos: 
  
a) Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 26, 3: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.
  
b) Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Artículo 14, 3: “Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio… …así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas”.
  
c) Constitución Española. Artículo 27, 3: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.
  
d) LOE. Disposición final primera: Modificación de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. 1. El artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, queda redactado de la siguiente manera: “1. Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:… c) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones… e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos. f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes. g) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos”. 
  
Como pueden comprobar en los textos, la primacía educativa de los padres es un derecho reconocido a nivel universal, europeo y nacional. Nadie, aunque haya llegado al poder mediante un procedimiento legítimo, está legitimado para violar tan importante derecho. La EpC impone una línea ideológica concreta –la del gobierno de turno– sobre temas que suscitan controversia moral en la sociedad española. Eso no es legítimo para ningún gobierno. Todavía menos legítimo es denegar el derecho a la exención de conciencia (no digo “derecho a la objeción” porque nadie puede prohibir a nadie objetar asumiendo las consecuencias injustas; lo que sí necesita autorización es que los hijos queden exentos de EpC) a los padres que consideren que su derecho a escoger el tipo de educación que desean para sus hijos está siendo vulnerado. Les guste o no les guste, los gobernantes han de acatar la voluntad de los padres en este terreno, en el que la familia es soberana, y no porque lo diga el Papa, sino porque lo dice la Ley.
  

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