domingo, 23 de octubre de 2011

Carta de los Obispos a las organizaciones y centros que se han adaptado a Educación para la Ciudadanía

Por Padre Objetor.
  
El pasado 21 de octubre la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española ha publicado una Nota ante las elecciones generales de 2011 con el fin de ‘orientar el discernimiento moral para la justa toma de decisiones que afectan a la realización del bien común y al reconocimiento y la tutela de los derechos fundamentales, como es el caso de las elecciones generales’.
   
Y, mire por donde, al leerla me ha parecido que también podía titularse como este post: ‘Carta de los Obispos a las organizaciones y centros que se han adaptado a Educación para la Ciudadanía. Y es que los principios que proponen para valorar moralmente las opciones de tipo político tienen una clara aplicación a las decisiones que adoptaron quienes, por mor del salvamento de los conciertos, de la oportunidad, de la finalidad o de la estrategia, decidieron retirar, tras las sentencias del Supremo, su apoyo a los padres objetores a Educación para la Ciudadanía.
  
Dice la nota de la CEE en su punto 3:
3. No se podría hablar de decisiones políticas morales o inmorales, justas o injustas, si el criterio exclusivo o determinante para su calificación fuera el del éxito electoral o el del beneficio material. Esto supondría la subordinación del derecho al poder. Las decisiones políticas deben ser morales y justas, no sólo consensuadas o eficaces; por tanto, deben fundamentarse en la razón acorde con la naturaleza del ser humano. No es cierto que las disposiciones legales sean siempre morales y justas por el mero hecho de que emanen de organismos políticamente legítimos.
Son principios básicos de la moral que muchas asociaciones y centros que se autodenominan católicos parecen haber olvidado… o incumplido flagrantemente:
  1. Cuando se decide empujar a los padres a deponer su objeción para evitar las presiones y amenazas de la administración hacia las asociaciones y centros, ¿no se está anteponiendo el beneficio material la salvaguarda de los conciertos y, en definitiva, la financiación de los centros a la justicia, de modo que se está admitiendo, de hecho, la subordinación del derecho al poder?
  2. Cuando determinadas asociaciones otrora beligerantes e impulsoras de la objeción de conciencia deciden dar un giro radical y animar a los padres objetores a que sus hijos regresen a las aulas con el argumento de que ‘las sentencias del Supremo han dejado sin efecto la objeción de conciencia’, ¿no están, de hecho, admitiendo la subordinación del derecho al poder y, aún más, reduciendo la objeción de conciencia a la objeción jurídica?
  3. Cuando dichas entidades admiten sin reparos las sentencias del Supremo, ¿no están asumiendo, de facto, que las disposiciones legales sean siempre morales y justas por el mero hecho de que emanen de organismos políticamente legítimos?
  4. Cuando desde organizaciones y centros se propone el abandono del recurso a la objeción de conciencia en beneficio de otra línea que consiste en la denuncia de los contenidos adoctrinadores, como amparan las sentencias del Supremo, ¿no están anteponiendo una futurible eficacia a la moralidad y la justicia?
  5. Cuando se pretende desactivar el movimiento objetor sirviéndose de todo tipo de medios, ¿no se está poniendo en práctica la inmoral máxima ‘el fin justifica los medios‘ de la que la búsqueda de la eficacia a costa de la justicia y la moralidad no es sino una variante?
Se ve que no es necesario ser un fino moralista para reconocer que el proceder contra los padres objetores rezuma injusticia e inmoralidad. Lo triste es que participen de ella quienes se proclaman, en sus mismas denominaciones, católicos o defensores de los derechos familiares. Y es que la deriva hacia el positivismo, la eficacia y la negociación irrestricta acaban por pervertir los más sólidos principios morales.
  

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Se agradecen los comentarios